noticias

La UE adopta normas para proteger al consumidor que compre servicios financieros en línea

Bruselas, 23 oct (EFECOM).- Los Estados miembros de la Unión Europea dieron este lunes el visto bueno definitivo a nuevas normas para reforzar la protección de los consumidores que adquieren servicios financieros a distancia, especialmente a través de internet, por ejemplo, facilitando el derecho al desistimiento de cualquier contrato en ventas en línea.

Los países han aprobado el acuerdo preliminar que alcanzaron con el Parlamento Europeo en junio pasado, el último paso que faltaba para que pueda entrar en vigor la nueva normativa, cuyo objetivo es proteger a los consumidores vulnerables de prácticas desleales o "patrones oscuros" en la venta de servicios financieros como préstamos o planes de inversión o de pensiones por internet.

"A partir de ahora, los consumidores del mercado único estarán mejor protegidos cuando accedan a nuevos productos o servicios financieros desde sus teléfonos u ordenadores", dijo en un comunicado el ministro español de Consumo en funciones, Alberto Garzón, que dirige las conversaciones en el Consejo de la UE del ramo mientras España ocupa la presidencia rotatoria de la institución.

Un elemento esencial de la nueva normativa es la introducción de salvaguardas adicionales para garantizar que los consumidores pueden ejercitar su derecho al desistimiento a través de una "función de retirada", según informaron las instituciones al alcanzar el acuerdo.

Así, las nuevas normas hacen "fácilmente accesible, claramente visible y permanentemente disponible" esta posibilidad durante todo el plazo de 14 días que tiene el consumidor para ejercitar este derecho y estipulan que, una vez se ha solicitado el desistimiento, el proveedor debe enviar una confirmación "sin retrasos indebidos".

Por otro lado, el acuerdo mejora las reglas sobre obligaciones precontractuales de información e, incluso, deja a los Estados miembros la posibilidad de ser más estrictos en este ámbito para evitar cualquier riesgo de reducción del nivel de protección de los consumidores.

En esta línea, los vendedores de servicios financieros estarán obligados a dar información al respecto "en el momento adecuado" y no en el mismo momento de la conclusión del contrato a distancia, a fin de asegurar que los consumidores tienen tiempo suficiente para leer y entender la información precontractual, comparar ofertas y tomar una decisión informada.

Por otro lado, las nuevas normas garantizan el derecho de los consumidores a recibir las explicaciones necesarias de los proveedores, sin gastos, y a pedir la intervención humana cuando usen interfaces en línea totalmente automáticas antes de concluir un contrato.

La directiva también impone obligaciones a los vendedores que ofrecen sus productos en llamadas telefónicas, en las que la pretensión comercial tendrá que ser declarada al inicio de la misma y en cuyo comienzo debe quedar claro si está siendo grabada.

Por último, las nuevas normas también prohíben a los proveedores de servicios financieros a distancia los llamados "patrones oscuros" que "empujan" a los consumidores a hacer elecciones que podrían ir contra su interés a través de diseños de páginas web engañosos, por ejemplo dando más espacio a ciertas opciones que a otras o preguntando repetidamente por una elección que ya ha sido tomada por el cliente.

Tras el visto bueno de los Estados, la norma -que se plasma en un nuevo capítulo de la directiva de protección del consumidor- podrá ser publicada en el boletín oficial de la UE y entrará en vigor 20 días después. EFECOM

lpc/asa/mga

(Más información de la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

Artículos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver al botón superior